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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Exención de AIR

Información general
Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

La convocatoria tiene por objeto establecer los criterios, así como el procedimiento que deben cumplir las personas físicas o morales dedicadas a la fabricación de distribución e importación de productos y equipos empleados para el combate a los insectos vectores causantes de ETV , que deseen a incorporar en la Lista de Productos Recomendados, para ser empleados en programas de salud pública, en los términos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2014, Para la vigilancia epidemiológica, promoción, prevención y control de enfermedades transmitidas por vectores.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La publicación no genera ningún costo para los particulares, toda vez que los mismos ya quedaron comprendidos en el análisis costo beneficio de la Manifestación de Impacto Regulatorio que se elaboró para la publicación de la NOM-032-SSA2-2014. Asimismo en el Apéndice Normativo de dicha norma en el numeral A.4.1, se establece la obligación de emitir anualmente una convocatoria que se publicará en el D.O.F. para la inclusión de productos a ser recomendados para el Combate del Insecto Vector, para su uso en programas de salud pública.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos