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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

El anteproyecto de mérito se emite en cumplimiento a una obligación establecida en la Ley de Comercio Exterior y en el Decreto Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, toda vez que el artículo 4o. fracción III de la Ley de Comercio Exterior establece que el Ejecutivo Federal tiene la facultad de establecer medidas para regular o restringir la exportación o importación de mercancías a través de acuerdos expedidos por la Secretaría de Economía o, en su caso, conjuntamente con la autoridad competente, así como el articulo 5 del Decreto IMMEX que establece que la Secretaría de Economía debe determinar el esquema de garantía para amparar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la importación temporal de las mercancías. El anteproyecto representa beneficios superiores a sus costos toda vez que 1.- se da cumplimiento a los establecido por el Decreto y 2.- A través del esquema de garantías se tendrá la certeza de que se cumpla con el retorno al extranjero de los bienes importados temporalmente y con ello evitar que dichos productos permanezcan en el territorio sin haber pagado los aranceles correspondientes afectando la recaudación de impuestos que se pagan por llevar a cabo importaciones definitivas, aunado a que se eliminara el tramite SE-03-075-B actualmente previsto.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

El objetivo del presente anteproyecto es establecer el esquema de garantía con el que deberán cumplir los importadores que realicen operaciones bajo el amparo del Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), lo anterior en cumplimiento a los señalado por el al artículo 5 del propio Decreto. Eliminar el trámite de ampliación al Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación con homoclave SE-03-075-B, mediante la reforma al Capitulo3.3. del Acuerdo.

La situación que da origen al proyecto que se propone es dar cumplimiento a lo señalado por el al artículo 5 del Decreto por el que se modifica el diverso para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), mediante el cual se establece que la Secretaría de Economía debe determinar el esquema de garantía para amparar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a la importación temporal de las mercancías señaladas en el Anexo II de dicho Decreto, así como las relativas al Programa IMMEX en cualquiera de sus modalidades, por lo anterior es que mediante la modificación al Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior se dará cumplimiento al mismo.

Acuerdo Secretarial

Disposiciones jurídicas vigentes#1

No existen disposiciones jurídicas que actualmente den cumplimiento con el esquema de garantías que prevé el Decreto IMMEX.

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Esquemas de autorregulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

Esta alternativa no resulta viable, toda vez que lo que se propone mediante el presente anteproyecto es garantizar que se cumpla con la obligación de exportar la mercancía ingresada de manera temporal al país, y con ello garantizar que no se deja de pagar el impuesto general de importación correspondiente en caso de que las mismas permanezcan en el territorio nacional después de vencido el plazo establecido para el retorno.

Alternativas#2

No emitir regulación alguna

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#2

Por una parte, se estaría dejando de cumplir con lo establecido por el articulo 5 del Decreto IMMEX y por el otro no se eliminaría el tramite de ampliación del Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación con homoclave SE-03-075-B, mismo que seguía representando un costo al particular. (Los costos a los que se refiere este alternativa no viable se muestran en la MIR 41548 http://www.cofemersimir.gob.mx/mirs/41548 , misma que se estimo en un costo total de costo total de $ 14,080,000.00 M.N.

En principio es la mejor opción toda vez que se realiza la modificación en cumplimiento a lo dispuesto por un Decreto emitido por el Ejecutivo Federal y en segundo lugar facilitara tanto a las autoridades como a los beneficiarios del Programa IMMEX el cumplimiento de la obligaciones y la revisión relativas a las operaciones realizadas por lo beneficiarios IMMEX.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1

Elimina

Tipo#1

Obligación

Vigencia#1

4 meses

Medio de presentación#1

Presencial y Ventanilla única

Requisitos#1

Los señalados en las reglas 3.3.3 y 3.3.6 que dejaran de estar vigentes y se modificaron en virtud del presente anteproyecto

Población a la que impacta#1

Empresas con programa IMMEX, que importen mercancías sensibles

Ficta#1

Afirmativa

Plazo#1

10 días

Justificación#1

En cumplimiento al articulo 5 del Decreto IMMEX, se establecerá el esquema de garantías señalado por el mismo por lo que el tramite mediante el cual se mantenía el control respecto de las importaciones de mercancías sensibles dejará de ser aplicable.

Nombre del trámite#1

AMPLIACION AL PROGRAMA DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA, MAQUILADORA Y DE SERVICIOS DE EXPORTACION (IMMEX)

Homoclave#1

SE-03-075 (A Y B)

Obligaciones#1

Condicionan un beneficio

Artículos aplicables#1

3.3.3

Justificación#1

El texto viene de la regla 3.3.4 vigente, mismo que tiene por objeto establecer que los neumáticos que se importen temporalmente para utilizarse para fines distintos de un proceso productivo para el cual se autorizó la importación, y se establece que vengan cortados, lo cual garantiza que no ocurra la situación actual en donde se importan para comercializar y se retornan otros neumáticos usados. Únicamente se mueve el texto de la regla 3.3.4 a la ahora 3.3.3, el contenido sigue siendo el mismo, por lo que no implica cargas extras a los particulares.

Obligaciones#2

Establecen obligaciones

Artículos aplicables#2

3.3.4 y 3.3.5

Justificación#2

Establecen el esquema de la garantía como requisito para la importación de mercancías sensible listadas en el Anexo II del Decreto IMMEX, así como las señaladas en el Anexo 3.3.2 del Acuerdo de Reglas que se modifica, se señalan las características con las que deberá contar la póliza de garantía, así como las condiciones que las empresas deberán de cumplir para considerar como valida la misma.

Obligaciones#3

Otras

Artículos aplicables#3

3.3.6

Justificación#3

Se establece que ante el incumplimiento de las obligaciones garantizadas por la póliza, la misma se hará exigible, para lo cual el SAT emitirá las disposiciones necesarias.

Obligaciones#4

Otras

Artículos aplicables#4

3.3.7

Justificación#4

El objetivo de la regla que se establece es hacer claro al particular que los desperdicios generados en sus procesos de transformación en de las mercancías autorizadas no tendrán que cumplir con el requisito de estar autorizados como mercancías de exportación por no corresponder a su actividad principal.

Obligaciones#5

Otras

Artículos aplicables#5

3.3.8

Justificación#5

Generar en el particular la certeza de que podrá llevar a cabo cualquiera de las actividades los servicios relacionados con su operación de manufactura o maquila sin que éstos queden sujetos al tramite para registrarlas ante la Secretaría.

Obligaciones#6

Otras

Artículos aplicables#6

ANEXO 3.3.3 Montos a garantizar a la importación de mercancía sensible.

Justificación#6

Se establece los montos a garantizar de acuerdo a la fracción arancelaria, mismas que corresponden a las señaladas en el Anexo II del Decreto IMMEX, y al Anexo 3.3.2 del Acuerdo que modifica al diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior. La metodología utilizada para determinar los montos a garantizar se detallan en la Nota Metodológica de Garantías, anexa al presente.

Obligaciones#7

Otras

Artículos aplicables#7

Transitorios

Justificación#7

Se establece mediante los transitorios la entrada en vigor de las medidas, con el fin de otorgar certeza a la particular respecto de cuando le serán aplicables las mismas, así mismo se establece como operarán las autorizaciones previamente expedidas.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Empresas con Programa IMMEX que importan mercancías de las señaladas en Anexo II del Decreto IMMEX, así como las señaladas en el Anexo 3.3.2 del Acuerdo de Reglas.

Describa o estime los costos#1

Los costos de la regulación recaerían únicamente en los gastos de tramitación de las fianzas con las afianzadora autorizada por el SAT, mismas que deberán cumplir con lo establecido por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, que los particulares tendrán que presentar para poder importar las mercancías(3.3.4), toda vez que los señalado por la regla 3.3.5 solo hace referencia a "requisitos" que son inherentes a los propios Programas IMMEX. Se estima que los particulares para la solicitud de las garantías en modalidad de fianza deberán presentar al rededor de 20 requisitos, (contratos, actas constitutivas, documentos que acrediten personalidad, comprobantes de domicilio, identificación oficial de los representantes legales, y demás documentos que requiera cada una de las instituciones afianzadoras) mismos que se estima que las empresas deberán entregar en copias simples y que contendrán de 150 a 200 hojas, por lo que para la presentación de su tramite deberán erogar el gasto de copia simple $1.00 por hoja, Costo total 93,400 pesos MXN. Mediante la siguiente liga se podra consultar las afianzadoras autorizadas por el SAT, y consultar los requisitos especififcos que cada una exige para la realización del tramite. http://omawww.sat.gob.mx/informacion_fiscal/medios_garantia/Paginas/polizas_de_fianza.aspx Adicional a lo anterior las instituciones de Fianzas, otorgan las fianzas a título oneroso, costos que no es posible estimar toda vez que dependerá de cada una de la Instituciones mediante las cuales se realice dicho tramite. Se estima que sean 467 de empresas las que realicen el tramite, lo anterior considerando el número de empresas que a la fecha han realizado el tramite de ampliación que se sustituye por medio del presente.

No

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

Empresas con Programa IMMEX que importan mercancías de las señaladas en Anexo II del Decreto IMMEX, así como las señaladas en el Anexo 3.3.2 del Acuerdo de Reglas.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Los beneficios a los que se refiere la eliminación del tramite se muestran en la MIR 41548 http://www.cofemersimir.gob.mx/mirs/41548 , misma que se estimo en un costo total de costo total de $ 14,080,000.00 M.N., no obstante lo anterior y atendiendo a que a la fecha únicamente han sido 467 las que han realizado el tramite, se estima que los beneficios por la eliminación de este tramite, y que supone la regulación ascienden a $9,340,000.00. Mediante la siguiente liga se podrá constatar el numero de solicitudes recibidas y el numero de empresas que realizaron su tramite a la fecha. http://www.siicex.gob.mx/portalSiicex/IMMEX/mod-immex.htm

Los beneficios son mayores a los costos desde el momento en que se tendrá un mayor control sobre las importaciones de mercancías sensibles que se realizan a través de las empresas IMMEX, las cuales representan un valor aproximado de más de 170 mil millones de pesos, lo cual contribuye a evitar prácticas lesivas en el comercio tales la triangulación, subvaluación o incorrecta clasificación arancelaria, que no sólo reducen el monto a pagar de impuestos, sino que afecta a los sectores productivos del país, al no tener las mismas condiciones competitivas en el mercado interno, lo que afecta el crecimiento de la economía nacional. La implementación de estas medidas brindando a las empresas una mayor certidumbre en su operación y los elementos necesarios para la toma de decisiones estratégicas, toda vez que los mismo controlar sus medio de garantías revolventes. En conclusión, los beneficios son aproximadamente de más de $9,340,000.00. pesos, los cuales son mayores a los costos que genera la regulación.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La regulación se implementará mediante la infraestructura con la que cuentan actualmente la Secretaría de Economía, tales como las representaciones federales y recursos humanos asignados, por lo que no se requiere de infraestructura nueva, ni recursos humanos o financieros adicionales a los a los ya presupuestados para las unidades administrativas involucradas en la medida.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

El logro de los objetivos se evaluará a través de los programas otorgados así como las autorizaciones para la importación de mercancías sensibles.

Apartado VI. Consulta pública

Si

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1

Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios

Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Se circuló el anteproyecto entre las distintas áreas interesadas y la Dirección General de Comercio Exterior.

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

Todos dieron sus comentarios enriqueciendo el anteproyecto hasta obtener la versión final.

La determinación de las cantidades de la garantía según la fracción arancelaria correspondiente.

Apartado VII. Anexos