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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Indique el (los) supuesto (s) de calidad para la emisión de regulación en términos del artículo 3 del Acuerdo de Calidad Regulatoria.

Si

No

Si

No

De conformidad al decreto por el que se crea la Comisión Intersecretarial para la Reconstrucción publicado en el Diario Oficial de la Federación el 01 de marzo de 2019, y el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos Generales del Programa Nacional de Reconstrucción para el ejercicio fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
1. Describa los objetivos generales de la regulación propuesta#1

Implementará las acciones de Restauración, Rehabilitación, Conservación, Mantenimiento, Capacitación y Prevención en Bienes Culturales que dan identidad y son parte del patrimonio cultural de las comunidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018 para el Ejercicio Fiscal 2019.

Los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018.

LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS PARA LAS ACCIONES DE RESTAURACIÓN, REHABILITACIÓN, CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO, CAPACITACIÓN Y PREVENCIÓN EN BIENES CULTURALES, QUE DAN IDENTIDAD Y SON PARTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LAS COMUNIDADES, AFECTADOS POR LOS SISMOS DE SEPTIEMBRE DE 2017 Y FEBRERO DE 2018, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019.

Disposiciones jurídicas vigentes#1

Programa Nacional de Reconstrucción se incorporó en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, con el objeto de retomar la responsabilidad del Estado en la protección y garantía de los derechos humanos de las personas y de las comunidades afectadas por los sismos del mes de septiembre de 2017 y febrero de 2018, señalando que el mismo será coordinado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y ejecutado en colaboración con las Secretarías de Educación Pública, Salud y Cultura;

Apartado II.- Identificación de las posibles alternativas a la regulación
Alternativas#1

Otro tipo de regulación

Descripción de las alternativas y estimación de los costos y beneficios#1

A través del Anexo 27 del PEF 2019, PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN, se le asignaron a la Secretaría de Cultura 800 millones de pesos, para ejecutar los trabajos correspondientes, conforme a dicho Programa y a los Lineamientos Generales emitidos por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicados el 26 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, y con base a los presentes Lineamientos Específicos.

El Programa Nacional de Reconstrucción es asumido como una responsabilidad de Estado que involucra la participación de los tres niveles de gobierno y de los tres poderes, de la mano con todos los sectores sociales, para establecer las acciones a realizarse a fin de atender, en el menor tiempo posible a todas la localidades y personas, tanto en los daños materiales, como en otros aspectos en los que se vieron afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018.

Apartado III.- Impacto de la regulación
Accion#1
Tipo#1

Beneficio

Vigencia#1

ejercicio fiscal 2019

Medio de presentación#1

electrónico

Requisitos#1

1. Antecedentes Históricos 2. Justificación del Proyecto 3. Objetivo de Proyecto 4. Levantamiento Fotográfico del bien cultural y los daños generados por sismos 5. Currículum Vitae del responsable de la obra (En su caso) 6. Propuesta de Intervención (Proyecto) (En su caso) 7. Costo de la Obra/Proyecto/Capacitación 8. Cronograma de las acciones

Población a la que impacta#1
Ficta#1

No aplica

Plazo#1
Justificación#1

Nombre del trámite#1
Homoclave#1
Obligaciones#1

No Aplica

Artículos aplicables#1

Justificación#1

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1

Personas y comunidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, que cuenten con declaratoria de desastre emitida por la Secretaría de Gobernación

Describa o estime los costos#1

Costos que se generan para cumplir con los requisitos de las solicitudes de apoyo.

No.

Grupo o industria al que le impacta la regulación#1
Describa de manera general los beneficios que implica la regulación propuesta#1

La atención de personas y comunidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, así como a los profesionales y empresas especializadas en Bienes Culturales, a quienes en sus localidades han aprendido a lo largo de generaciones los oficios relacionados con técnicas tradicionales de construcción, con el fin de contribuir a proteger y garantizar la realización del derecho de acceso a la cultura y al disfrute de los bienes y servicios culturales que dan identidad y son parte del patrimonio cultural de las comunidades mediante ACCIONES en materia de Restauración, Rehabilitación, Conservación, Mantenimiento, Capacitación y Prevención en Bienes Culturales afectados por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018 para el Ejercicio Fiscal 2019.

Proporcione la estimación monetizada de los beneficios que implica la regulación#1

Se asignaron a la Secretaría de Cultura 800 millones de pesos, para ejecutar los trabajos correspondientes, conforme a dicho Programa y a los Lineamientos Generales emitidos por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicados el 26 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, y con base a los presentes Lineamientos Específicos. Para ello se propondrá la firma de Convenios de Colaboración en los que se establezcan claramente las acciones que habrán de realizarse y los recursos públicos federales que se destinarán, con el propósito de atender en el menor tiempo posible los Bienes Culturales afectados

El Programa Nacional de Reconstrucción para la atención de personas y comunidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018, deviene de un compromiso de campaña y ahora presidencial, que es asumido como una responsabilidad del Estado e involucra la participación de los tres órdenes de gobierno y de los tres poderes, de la mano con la sociedad.

Apartado IV. Cumplimiento y aplicación de la propuesta

La ejecución del Programa se regirá por los principios básicos de eficacia, eficiencia, integralidad, inclusión, imparcialidad, honradez, transparencia, rendición de cuentas, cooperación y participación ciudadana. Con la ejecución de las ACCIONES del Programa a cargo de los tres órdenes de gobierno y mediante la suscripción de los Convenios de Colaboración se materializará el objetivo del Programa. La Secretaría de Cultura implementará las acciones de Restauración, Rehabilitación, Conservación, Mantenimiento, Capacitación y Prevención en Bienes Culturales que dan identidad y son parte del patrimonio cultural de las comunidades afectadas por los sismos de septiembre de 2017 y febrero de 2018 para el Ejercicio Fiscal 2019. En virtud de lo anterior, y en el caso de los Bienes Culturales, se invitará a participar en términos de lo establecido en el Programa, los Lineamientos Generales y los presentes Lineamientos Específicos, a profesionales y empresas especializadas en Bienes Culturales, a quienes en sus localidades han aprendido a lo largo de generaciones los oficios relacionados con técnicas tradicionales de construcción. Para los efectos precisados, se convocará a las organizaciones de la sociedad civil, organismos privados, colegios de profesionistas, instituciones académicas, fundaciones, ciudadanas y ciudadanos de buena voluntad, a empresas de servicios y de la industria de la construcción especializados en Bienes Culturales, a todo aquel que quiera contribuir en esta tarea y participar en el PROGRAMA NACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN.

Apartado V. Evaluación de la propuesta

Concluidos los trabajos, se elaborará el Acta de Entrega – Recepción. Tratándose de apoyo en capacitación, la DGSMPC recibirá de la Instancia Beneficiaria, el entregable correspondiente. De presentarse alguna irregularidad en la ejecución de los trabajos, éstos se recibirán de manera condicionada y se anotarán las inconformidades, observaciones y/o irregularidades detectadas; indicando los plazos acordados para su respectiva solventación. Caso contrario, la DGSMPC notificará a la UAJ a efecto de que ésta ejerza las acciones administrativas y/o judiciales correspondientes para que los recursos públicos federales otorgados sean reintegrados a la TESOFE, junto con los rendimientos que, en su caso, se hayan generado, conforme a la normatividad aplicable. Aunado a lo anterior, la Instancia Beneficiaria no podrá participar para beneficiarse de un segundo apoyo relativo a las ACCIONES.

Apartado VI. Consulta pública

No

Mecanismo mediante el cual se realizó la consulta#1
Señale el nombre del particular o el grupo interesado#1

Describa brevemente la opinión del particular o grupo interesado#1

No aplica.

Apartado VII. Anexos