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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Con el propósito de dar cabal cumplimiento a las atribuciones que éste Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales de conformidad con el artículo 3, fracciones XXVIII y XXX, en relación con el artículo 9, fracción XVI, del Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, para llevar a cabo el nombramiento de los Notarios del Patrimonio Inmobiliario Federal; hacer pública la lista de los mismos; autorizar y revisar sus protocolos especiales relativos al patrimonio inmobiliario federal; habilitar a los Notarios del Patrimonio Inmobiliario Federal y a los notarios públicos, así como proponer al Titular de la Secretaría las normas para regular el nombramiento y remoción de estos y su intervención en el otorgamiento de actos relacionados con inmuebles federales y la imposición de las sanciones que resulten aplicables, se emite el Acuerdo del Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, por el que se aprueban las nomenclaturas de identificación de los expedientes de los procedimientos administrativos iniciados, sustanciados y resueltos por la Unidad Jurídica, cuyo propósito es realizar la debida, integración, sustanciación y resolución de los procedimientos que resulten de las conductas violatorias de la norma, realizadas por los Notarios del Patrimonio Inmueble Federal, para el adecuado y eficaz manejo de los expedientes.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El proyecto en cuestión no genera costos de cumplimiento para los particulares, al ser la Unidad Jurídica del INDAABIN quien utilice las nomenclaturas del Acuerdo para la identificación de los expedientes de los procedimientos administrativos iniciados, sustanciados y resueltos por la misma.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos