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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Punto de contacto
¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Dar cauce legal a la fiscalización, vigilancia, control interno, auditoría, quejas, denuncias, investigaciones, responsabilidades, resoluciones, trámites y servicios, que, por disposición legal, le correspondería realizar al Órgano Interno de Control en la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Apartado II.- Impacto de la regulación

La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, carece de órgano interno de control propio, por lo que resulta necesario contar con el instrumento jurídico que permita que otro órgano interno de control realice las funciones en materia de fiscalización, vigilancia, control interno, auditoría, quejas, denuncias, investigaciones, responsabilidades, resoluciones, trámites, servicios y demás actividades inherentes que correspondan a los órganos internos de control.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos