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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA QUE LA MIR Y EL ANTEPROYECTO NO SE PUBLIQUEN EN EL PORTAL?

No



¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Se trata de de un oficio por el cual la Directora General del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático determina que en adición a las personas servidoras públicas obligadas en términos de las Bases Generales y los Lineamientos Generales, las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático que ocupen cargos a partir de Nivel de Director General Adjunto, Director de Área, Subdirector de Área y Jefe de Departamento o sus equivalentes y, todas aquellas personas designadas para que en suplencia por ausencia dentro del ámbito de su competencia, atiendan los asuntos que correspondan a una vacante de los niveles ya referidos; al separarse de su empleo, cargo o comisión deberán rendir por escrito un informe de separación que refiera los asuntos a su cargo y del estado que guardan y realizar acta de entrega-recepción de los recursos presupuestarios, financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones, así como la documentación y los archivos debidamente ordenados y clasificados de conformidad con la normatividad aplicable a la materia, a quienes los sustituyan en sus funciones o a quienes para tal efecto designe el superior jerárquico inmediato

Apartado II.- Impacto de la regulación

No genera costos a los particulares toda vez que la determinación contenida en dicho oficio sólo atañe a las personas servidoras públicas del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático que ocupen cargos a partir de Nivel de Director General Adjunto, Director de Área, Subdirector de Área y Jefe de Departamento o sus equivalentes y, todas aquellas personas designadas para que en suplencia por ausencia dentro del ámbito de su competencia, atiendan los asuntos que correspondan a una vacante de los niveles ya referidos.

No

No

No

No

Apartado III.- Anexos