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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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¿DESEA CONSTANCIA DE QUE EL ANTEPROYECTO FUE PUBLICO AL MENOS 20 DIAS HABILES?

« Sección inhabilitada derivado de cambios producidos por la entrada en vigor el pasado 10 de mayo de 2016 del “Decreto por el que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.»

Archivo(s) que contiene(n) la regulación

Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación

Definir el monto del cupo para importar carne de pollo fresca, refrigerada y congelada (fracciones: 0207.11.01.00, 0207.12.01.00, 0207.13.04.03, 0207.13.04.04, 0207.13.04.05, 0207.13.04.06, 0207.13.04.99, 0207.14.99.02, 0207.14.99.03, 0207.14.99.04, 0207.14.99.05 y 0207.14.99.99 (excepto carcazas)), por un monto de 30,000 toneladas y una vigencia al 31 de diciembre de 2021. Con el establecimiento del cupo se coadyuva en el abasto, la estabilidad de precios en el mercado y en la no erosión del incremento salarial que se ha logrado en esta administración para proteger a la población en situación de pobreza.

Apartado II.- Impacto de la regulación

El Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar, con el arancel cupo establecido, carne de pollo, fue Publicado el en Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2013 y su última vigencia fue al 31 de diciembre de 2019. El 1 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera, en el cual se establece la Tarifa arancelaria aplicable a la importación y exportación de mercancías en territorio nacional, la cual ha sido modificada mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 24 de diciembre de 2020 y el 22 de febrero de 2021. El 17 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer los Números de Identificación Comercial (NICO) y sus tablas de correlación, el cual tiene por objeto dar a conocer los NICO en los que se clasifican las mercancías en función de las fracciones arancelarias y las Anotaciones de los mismos, y ha sido modificado mediante diversos publicados en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020 y el 23 de febrero de 2021. El 18 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las tablas de correlación entre las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) 2012-2020, con el objeto de facilitar la aplicación de la nomenclatura arancelaria, mismo que fue modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020. El 24 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, con el objeto, entre otros, de establecer el arancel–cupo aplicable a las fracciones arancelarias 0207.11.01, 0207.12.01, 0207.13.04 y 0207.14.99. correspondientes a carne de pollo fresca, refrigerada o congelada, cuando el importador cuente con certificado de cupo expedido por la Secretaría de Economía. La carne de pollo es la de mayor consumo de la población mexicana y constituye una alta fuente de proteína animal que aporta grandes beneficios al ser humano. De acuerdo con información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el primer trimestre de 2021, el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de la carne de pollo, mostró un incremento de precios, de enero a abril respecto a 2020 (enero 21.4%, febrero 24.9%, marzo 21.5% y abril 22.8%).Registrando los aumentos más elevados que se hayan observado en el país desde 1996 (enero 49.8%, febrero 56.3%, marzo 56.4% y abril 53.7%) y 1997 (enero 38.8%, febrero 30.7%, marzo 23.2% y abril 24.3%), cuando se presentaron las alzas más altas desde la creación del INPC de carne de pollo. Es necesario ofrecer a la industria alimentaria nacional acceso a las mejores oportunidades disponibles en los mercados internacionales a fin de abatir costos y con ello propiciar su competitividad y mejores precios al consumidor final, por lo que es imprescindible reducir los aranceles de importación que la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación contempla para la carne de pollo.

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Apartado III.- Anexos