Apartado I.- Definición del problema y objetivos generales de la regulación
Con la emisión del anteproyecto se pretende suspender en el cómputo de los plazos y términos el día 10 de abril de 2024, en aquellos actos y procedimientos que, en ejercicio de sus atribuciones realiza la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a través de la plataforma electrónica denominada Portal Único de Registros (PUR), así como los sistemas y registros que lo integran: IFIT, RECA, RECAS, RECO, REDECO, RESBA, REUNE, REUS, SIGE, SINE y SIPRES; lo anterior, a fin brindar certeza y seguridad jurídica a los usuarios de servicios financieros, a las instituciones financieras que tienen asuntos en trámite ante la CONDUSEF a través de sus sistemas, así como al público en general, respecto de los términos y plazos referentes a los procedimientos administrativos correspondientes, toda vez que el día 10 de abril de 2024 se afectó el correcto funcionamiento de sistemas que se desahogan en el PUR, así como los sistemas y registros que lo integran: IFIT, RECA, RECAS, RECO, REDECO, RESBA, REUNE, REUS, SIGE, SINE y SIPRES.
Apartado II.- Impacto de la regulación
4. Justifique las razones por las que considera que la regulación propuesta no genera costos de cumplimiento para los particulares, independientemente de los beneficios que ésta genera:
*
El Acuerdo por el que se suspende en el cómputo de los plazos y términos el día 10 de abril de 2024, en los actos y procedimientos que en ejercicio de sus atribuciones realiza la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a través del PUR, así como los sistemas y registros que lo integran: IFIT, RECA, RECAS, RECO, REDECO, RESBA, REUNE, REUS, SIGE, SINE y SIPRES, no genera costos de cumplimiento para los usuarios de servicios financieros, Instituciones Financieras, ni al público en general, ya que no crea trámites ni modifica los existentes, ni restringe los derechos de éstos; toda vez que tras la contingencia que impactó en la operación del PUR, así como los sistemas y registros que lo integran: IFIT, RECA, RECAS, RECO, REDECO, RESBA, REUNE, REUS, SIGE, SINE y SIPRES del día 10 de abril de 2024, resulta necesario brindar certeza y seguridad jurídica a los usuarios de servicios financieros, a las instituciones financieras, así como al público en general, respecto de los términos y plazos que se observarán en los procedimientos y actuaciones pendientes por desahogar, ante la CONDUSEF.
5.1 Crea nuevas obligaciones y/o sanciones para los particulares o hace más estrictas las existentes:
No
5.2 Modifica o crea trámites que signifiquen mayores cargas administrativas o costos de cumplimiento para los particulares:
No
5.3 Reduce o restringe prestaciones o derechos para los particulares:
No
5.4 Establece o modifica definiciones, clasificaciones, metodologías, criterios, caracterizaciones o cualquier otro término de referencia, afectando derechos, obligaciones, prestaciones o trámites de los particulares:
No
Apartado III.- Anexos
Anexe las versiones electrónicas de los documentos consultados o elaborados para diseñar la regulación:
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