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El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.
Resumen del anteproyecto
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Dictámenes Emitidos
Comentario emitido por: GLORIA FONSECA MENDOZA
De la manera más atenta, solicito la modificación de la definición 3.26 (Organismo de Evaluación de la Conformidad) del presente proyecto de Norma PROY-NOM-080-SCFI-2015 “Arroz del Estado de Morelos” , ya que va en contra de lo establecido en la norma ISO/IEC 17007 “Conformity assessment – Guidance for drafting normative documents suitable for use for conformity assessment”. El inciso 4.3 de la norma nos indica lo siguiente: 4.3 Principle 2: Neutrality towards parties performing conformity assessment activities Normative documents for objects of conformity assessment should be written so that conformity of the objects to the specifications can be assessed by any interested party. Interested parties can be: - A manufacture or supplier of the object (first party) - A user or purchaser of the object (second party) - An independent body (third party) Adicionalmente en el inciso 5.2.4, la norma nos indica: 5.2.4 Normative documents may specify test methods for determining that the criteria or characteristics have been meet. They should be expressed in such a way that any interested party may carry out the testing. It should be left to the users of the normative document to decide what conformity assessment activity (if any) will be utilized, who will carry out the conformity assessment and under what conditions. En ambos casos se indica que si se requiere evaluación de la conformidad, ésta puede realizarse por cualquier parte interesada y lo más importante, el usuario de la norma puede decidir quién llevará a cabo la evaluación de su producto, es decir, no se puede direccionar a un solo organismo evaluador de la conformidad como lo indica la definición 3.26. Por otro lado, los puntos 3.26 y 10 del Proyecto de Norma se contraponen, en el primero se limita la Evaluación de la Conformidad al Consejo Regulador del Estado de Morelos y en el punto 10 se da apertura a la participación de OC´s debidamente acreditados y aprobados.
Fecha: 03/09/2015 10:58:00
Comentario emitido por: GLORIA FONSECA MENDOZA
En el numeral 3.26 del presente proyecto de norma se define al Organismo Evaluador de la Conformidad, textualmente como sigue: Es el Consejo Regulador del Arroz del Estado de Morelos A. C. como persona moral acreditada y aprobada, en términos de lo dispuesto por la Ley, para comprobar el cumplimiento del presente proyecto de Norma Oficial Mexicana. Dirijo mi comentario para solicitar apertura a los Organismo de Certificación de Tercera Parte debidamente acreditados y aprobados para participar en los procesos de certificación del Arroz del Estado de Morelos.
Fecha: 21/07/2015 14:13:43
Dependencia:
SE-Secretaría de Economía
Fecha Publicación:
30/06/2015 14:50:06
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