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ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA QUE LOS ASIGNATARIOS, CONTRATISTAS Y PERMISIONARIOS PROPORCIONEN INFORMACIÓN SOBRE CONTENIDO NACIONAL EN LAS ACTIVIDADES QUE REALICEN EN LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Mediante este Acuerdo se establecen los medios, los plazos y la forma en la que los Asignatarios, Contratistas y Permisionarios a que se refiere la Ley de Hidrocarburos, deberán proporcionar a la Secretaría de Economía la información sobre el contenido nacional en las actividades que realicen en la Industria de Hidrocarburos, con objeto de que se mida y verifique, de acuerdo a sus obligaciones.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The Ministry of Economy, through this agreement, establishes the methods, timing and the details in which Assignees, Contractors and Licensees, to which the "Ley de Hidrocarburos" applies, must report the required information about local content in the Oil and Gas Extraction Industry , in order to be measured and verified in accordance to ther obligations .

Dictámenes Emitidos


Últimos comentarios recibidos:


Comentario emitido vía correo electrónico

B000170209

Fecha: 23/01/2017 09:15:00

Comentario emitido vía correo electrónico

B000170054

Fecha: 09/01/2017 13:03:00

Comentario emitido por: Salvador Beltrán del Río Madrid


La Comisión de Energía de COPARMEX envió al correo de COFEMER diversos comentarios y observaciones respecto al Acuerdo en cuestión.

Fecha: 06/01/2017 23:45:26

Comentario emitido por: Norma Canales Ibarra


CLÚSTER DE ENERGÍA COAHUILA A.C. EN REFERENCIA AL ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES PARA QUE LOS ASIGNATARIOS, CONTRATISTAS Y PERMISIONARIOS PROPORCIONEN INFORMACIÓN SOBRE CONTENIDO NACIONAL EN LAS ACTIVIDADES QUE REALICEN EN LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS. 1. La metodología establece medir el contenido nacional hasta el nivel de insumo para la producción del bien lo cual podría llegar a ser una medición larga sin detenerse al nivel tres. Esto es un proceso difícil de seguir ya que no todos los proveedores comparten o tienen información hasta ese nivel. ¿Se establecerá algún nivel en donde se pueda detener la medición? 2. La mano de obra para proveedores de servicios se incluye de acuerdo al numeral cinco establecido en la metodología, lo que genera que se reporte la mano de obra en todos y cada uno de los niveles de proveeduría. ¿Se deberá medir la mano de obra de todos los niveles en la cadena de valor? 3. Existen productos que no forman parte del sector pero que se adquieren para la operación del contrato como por ejemplo, vehículos, computadoras, entre otros. ¿Hará la Secretaría estandarización en el contenido nacional de ciertos productos o servicios? 4. Para medir el contenido nacional de bienes y servicios se estima un costeo en donde los bienes que fueron utilizados para proporcionar el servicio deben tener un valor monetario por las horas que fueron utilizados. ¿Cómo calcula la Secretaría en base a qué porcentaje de depreciación? 5. Algunas empresas operadoras subcontratan personal por medio de otra razón social. Si el personal trabaja directamente para las operaciones de la contratista, ¿No cuenta como mano de obra de la operadora? 6. La metodología establece que gastos en capacitación no tendrán contenido nacional, sin embargo, la misma ecuación en la metodología para la empresa operadora establece una variable de capacitación. ¿Cómo se diferenciará una de la otra? 7. La metodología establece que gastos realizados a Asociaciones Civiles tienen cero contenido nacional. Si la A.C. proporcionó un servicio como proveedor nivel uno y fue un servicio para la operación del contrato, ¿también es cero contenido nacional? 8. ¿Cuál es la finalidad de dividir los bienes en fungibles, intermedios, indirectos? 9. ¿Establecerá la Secretaría un catálogo de bienes y servicios que sean esenciales para el cumplimiento del contrato? CLÚSTER DE ENERGÍA COAHUILA A.C.

Fecha: 04/01/2017 10:25:33

Comentario emitido vía correo electrónico

B000164093

Fecha: 19/12/2016 10:10:00



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SE-Secretaría de Economía

Fecha Publicación:

09/12/2016 17:58:14

Comentarios:


5

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03/0115/091216