se elabora una calendario considerando el artículo 8 del Estatuto Orgánico de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, publicado el veintiuno de julio de dos mil diecisiete en el Diario Oficial de la Federación, mismo que entró en vigor al día siguiente de su publicación, y faculta al Secretario técnico para expedir el calendario anual de labores en el que se fijen los días y horas hábiles para efecto de las actuaciones de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción