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Decreto por el que se establece zona reglamentada en los acuíferos Tepehuanes-Santiago, clave 1006; Providencia, clave 1007; Cabrera- Ocampo, clave 1008; Matalotes-el Oro, clave 1009; San José de Nazareno, clave 1010; Galeana-Quemado, clave 1011; La Victoria, clave 1012; Buenos Aires, clave 1013; Torreón de Cañas, clave 1014; San Fermín, clave 1015; San Juan del Río, clave 1016; Valle del Mezquital, clave 1017; Peñón Blanco, clave 1018; Cuauhtémoc, clave 1019; Santa Clara, clave 1020; Pedriceña-Velardeña, clave 1021; Cabrera, clave 1027; Nazas, clave 1025; La Zarca-Revolución, clave 1028 y Revolución, clave 1029.



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


Los acuíferos materia del presente anteproyecto, aun cuentan con disponibilidad media anual de agua subterránea, sin embargo, es necesario establecer una zona reglamentada que controle la extracción de dichas aguas y prevenir la sobreexplotación de los acuíferos.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The aquifers that are the subject of this preliminary draft, still have an average annual availability of groundwater, however, it is necessary to establish a regulated zone that controls the extraction of these waters and prevent the overexploitation of the aquifers.

Dictámenes Emitidos



COFEME/18/1337


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Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEMARNAT-Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha Publicación:

12/03/2018 17:11:11

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04/0020/120318