La Ley de Aguas Nacionales, que señala que en situaciones de emergencia, escasez extrema, o sobreexplotación la CONAGUA expedirá acuerdos de carácter general; para que se tomen las acciones para garantizar el abastecimiento del uso doméstico y público urbano, y concertar con los interesados las medidas que correspondan. Así, el objetivo de la presente acuerdo es que la Comisión Nacional del Agua informe sobre las cuenca hidrológica en las cuales continua la presencia de una situación natural anormal generada por una sequía severa al finalizar el año 2018, con el fin de no suspender las acciones implementadas en esas zonas, en tanto se emite el Acuerdo General de Inicio de Sequía para el año 2019. La definición de las cuencas con presencia de sequía se basa en la información del Monitor de Sequía de México, que forma parte del North American Drought Monitor, el cual permite determinar la presencia de sequía y caracterizarla en sus modalidades severa, extrema o excepcional, así como señalar con precisión geográfica las cuencas y municipio afectados, pero dado que este es un fenómeno dinámico, la información sobre su evolución puede ser consultada quincenalmente vía electrónica en el portal Gob.mx, bajo el rubro de Pronacose en la siguiente liga:
https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/programa-nacional-contra-la-sequia-monitoreo-de-la-sequia-64594