El objeto de estos Lineamientos es establecer los aspectosTécnicos - Genealógicos necesarios para el control del Sistema de Registro, Certificación Genealogica y Productiva de las diferentes especies pecuarias, con la finalidad de regular la actividad de las personas morales que se dediquen a la explotación y crianza de cualquier especie o raza animal y que deseen registrar, certificar la genealogía y productividad de sus semovientes. Se reconoce a las organizaciones nacionales de criadores de ganado de registro, como organismos de colaboración en el manejo del Sistema de Registro de Certificación Genealógica y Productiva, y serán las que lleven los Libros que sean necesarios y realicen las anotaciones respectivas. Para realizar esta función los los organismo deberán de contar con un Reglamento Técnico que deberá contener los Capítulos que en los Lineamientos se enlistan, asi como, los formatos a utilizar para los certificados de registro que se emitan. Se sugiere contar con Pruebas de Paternidad por medio de ADN para garantizar la genealogía de los individuos. Se establece la periodicidad en que las organizaciones deberán informar los avances en materia de registro genealógico. Se señala que la Coordinación General de Ganadería vigilara el funcionamiento técnico en la expedición de certificados de registro genealógicos, siendo la responsable de supervisar su cumplimientoy ejecución. Se establecen las consecuencia de existir indicios de falsedad de datos genealógicos y productivos. Por último, se indica que solo se facultara a una organización para operar el Sistema de Registro Genealógico y Productivo por especie, raza o genotipo definido.