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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Señores: Comisión Federal de Mejora Regulatoria - COFEMER Presente Expediente: 04/0076/011117 Asunto: Comentarios y observaciones a la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) de Alto Impacto mediante la cual se justifica la emisión del anteproyecto de Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de parque nacional, la región conocida como Revillagigedo, que se localiza entre los paralelos 17° 39’ 18.8” Norte y 20° 00’ 31.1” Norte, y entre los meridianos 110° 04’ 41.1” Oeste y 115° 28’ 17.1” Oeste en el Océano Pacífico, con una superficie total de 14,808,780- 12-47.80 hectáreas. La Red Nacional de Áreas Naturales Protegidas – RENANP - a través del Coordinador Nacional de la Red Temática Nacional de CONACYT Área Naturales Protegidas, el pasado 25 de septiembre del año en curso, emitió una serie de opiniones respecto del Decreto por el cual la SEMARNAT pretende declarar a Revillagigedo como un Parque Nacional. Uno de los argumentos que se mencionan dentro de la opiniones, es que se dejaría sin efectos el Decreto por el que se declara Área Natural Protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región conocida como Pacífico Mexicano Profundo, dentro del cual se reconoce al Archipiélago de Revillagigedo como área protegida. Dicho reconocimiento permite la realización de determinadas actividades en virtud del artículo séptimo, entre ellas se permite la realización del actividades pesqueras, acuícolas o de aprovechamiento extractivo de especies de flora y fauna silvestres, siempre y cuando sea dentro de la zona de amortiguamiento dentro de la reserva de la biosfera. Aunado a lo anterior, el artículo octavo además establece que la pesca en todas sus modalidades, se podrá realizar manteniendo el equilibrio ecológico de la subzona y que las actividades pesqueras se realicen utilizando sistemas de captura permitidos. Para el caso de la pesca de atún con red de cerco, es importante resaltar que dicha práctica ha sido declarada tanto por la Marine Stewardship Council – MSC-, como por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura – FAO-, como una práctica responsable para favorecer el ecosistema y el medio ambiente. La MSC reconoció a la Alianza por su estándar sustentable de pesca de atún con redes de cerco y la FAO le otorgó el reconocimiento con la Medalla Margarita Lizárraga de Pesca, gracias a su compromiso por su uso adecuado y responsable al establecer un método de pesca adecuado. Por lo anterior, el análisis de la RENANP, es enfática en manifestar que dejar sin efectos el Decreto por el cual se declara a Revillagigedo como un área natural protegida y modificar su protección para establecerla como un Parque Nacional, no solo deja sin efectos las múltiples disposiciones en las cuales se obliga a que la pesca en esta zona sea a través de métodos sustentables, sino que los alcances del nuevo Decreto, abrirían la puerta para que se fomente el turismo, mismo que no tiene el objetivo de incrementar y salvaguardar la Conservación de la Biodiversidad de las especies y mucho menos contiene estándares de sustentabilidad que a la fecha, si se han reproducidos por la Alianza del Pacífico por el Atún Sustentable. Atentamente, La Alianza del Pacífico por el Atún Sustentable, A.C.