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Comentario al Expediente



Me refiero al expediente: 20171215143322_44275_Anteproyecto de ROP 2018 de PAPP-Formato CORRIDO-Autorizado por SHCP-14.12.2017.doc Que contiene: ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2018. ASUNTO: Corregir diversas definiciones, a que se refiere el artículo 4 y precisar la designación de las instancias participantes a que se refiere el artículo 16.  TÍTULO I Disposiciones Generales Capítulo I Del Objeto del Programa Artículo 4. Para efectos y aplicación del programa y componentes contenidos en las presentes Reglas de Operación, se entenderá por: VI. Agente Técnico.- Persona física o moral vinculada con el fomento y desarrollo del sector, designada por la Unidad Responsable, para apoyar la ejecución y gestión de las actividades de los beneficiarios del Componente, mediante soporte técnico metodológico que implique dictaminación de proyectos, seguimiento, desarrollo metodológico, capacitación e intercambio de experiencias y será aquella que designe la Unidad Responsable,  conforme al Artículo 10 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" XXXVI. Instancia Dispersora de Recursos.- Es la Unidad Administrativa de la estructura central de la Secretaría, un Órgano Administrativo Desconcentrado u Organismo Descentralizado sectorizado a la SAGARPA, así como los Gobiernos de las Entidades Federativas y será aquella que designe la Unidad Responsable,  conforme al Artículo 14 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" XXXVII. Instancia Ejecutora.- Unidad administrativa de la estructura central de la Secretaría, un Órgano Administrativo Desconcentrado u Organismo Descentralizado sectorizado a la SAGARPA, la Delegación Estatal de la Secretaría en cada Entidad Federativa y la Región Lagunera, así como los Gobiernos de las Entidades Federativas y será aquella que designe la Unidad Responsable,  conforme al Artículo 8 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" LVII. Unidad Técnica Operativa.- Persona moral designada por la Unidad Responsable para apoyar en la operación del Componente, a través de la emisión de opiniones técnicas a las solicitudes de apoyos y será aquella que designe la Unidad Responsable,  conforme al Artículo 12 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" TÍTULO II De los Componentes Capítulo I Del Componente Arráigate Joven - Impulso Emprendedor Artículo 16. Las instancias que participan en la operación en este Componente son: I. Unidad Responsable:  A. Respecto de los conceptos de apoyo Capacitación y Consultoría, será Unidad Responsable la Dirección General de Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural. B. Respecto del concepto de apoyo Proyectos de producción primaria y agregación de valor, será Unidad Responsable la Dirección General de Desarrollo Territorial y Organización Rural. II. Instancias Ejecutoras: A. Para el concepto de apoyo Capacitación y Consultoría serán aquellas que designe la Unidad Responsable, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente. conforme al Artículo 8 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" B. Para el concepto de apoyo Proyectos de producción primaria y agregación de valor, será aquella que designe la Unidad Responsable,  conforme al Artículo 8 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018"  III. Unidad Técnica Operativa: Aquella que designe la Unidad Responsable, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente,  conforme al Artículo 12 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" IV. Agente Técnico: Aquel que designe en su caso, la Unidad Responsable, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente, conforme al Artículo 10 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" V. Instancia Dispersora: La que la Unidad Responsable designe, siempre y cuando se encuentren relacionadas con el Sector y cumplan con la normatividad aplicable vigente,  conforme al Artículo 14 del "Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2018" Atentamente. CDMX. A 19 de diciembre de 2017 Amalio Vargas Soto Consejero Titular ante el CMDRS amaliovargassoto@gmail.com