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Comentario al Expediente



Solicitamos realicen las siguientes modificaciones con el propósito de mejorar la claridad del texto, en los párrafos referenciados a continuación: 1.5. Importante agregar que los certificados expedidos bajo el mecanismo de licitación tiene una vigencia comprendida entre la fecha de expedición y el 31 de diciembre del año de expedición. Éstos si son transferibles. 2.2 Debe dejar claro que el año que se considera para calcular el volumen de exportación es el año anterior al de la asignación. Importante también resaltar que el volumen se calcula en MCE, (no piezas, ni kg, ni pesos). En el apartado I es necesario especificar que se trata de la cantidad total solicitada por todos los solicitantes. En el apartado II debe especificar que el calculo se realizará de manera iterativa ya que una vez cumplidas el mínimo de los montos descritos en los incisos a) y b) podrá haber un monto restante aún cuando algunos solicitantes no habrán obtenido la cantidad solicitada. 4.3 Especificar si el monto disponible del cupo se refiere al monto disponible en la modalidad de licitación o al monto total del cupo. Transitorio TERCERO. Debe eliminarse; está en contradicción con el transitorio QUINTO que define que no habrá no nueva solicitud de cupos por asignación para el 2018. Falta indicar las fechas para que la SE publique los volúmenes del 2018 que se utilizarán para la nueva asignación directa, y la fecha de licitación. Es nuestra opinión que el cálculo del volumen total de las exportaciones a Estados Unidos de América debería ser únicamente definido por el 100% de las exportaciones con cupo (TPL), debido al hecho que el TPL incluye al forro visible dentro de la regla de origen, lo que obliga a utilizar el cupo aún con telas originarias cuando el forro no lo es. Sin embargo aceptamos la resolución de agregar un 60% de las exportaciones sin cupo ya que fue el consenso adoptado en la reunión que hemos tenido con los representantes de los principales usuarios de TPL2 y de la Secretaría de Economía el día 11 de diciembre de 2017. Atentamente, Jean Francois Levy, en representación de las empresas Amerex S.A. de C.V. y SP Cambridge S. de R.L. de C.V.