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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Se recomienda modificar el artículo 14 por " V. El Protocolo de Respuesta a Emergencias deberá cumplir con las directrices del Convenio OMI, la NOM-036-SCT4-2007, así como con lo indicado en el Capítulo IX de los presentes lineamientos. Para el caso de Buque-tanques y Barcazas el plan de contingencias deberá incluir por lo menos: a) Tener disponibles las características e información técnica de la embarcación; como planos de ésta y de la estiba, cuaderno de estabilidad, equipo de respuesta para los casos de contingencia; b) Contar con procedimientos para mitigar contingencias, que incluya la información de las acciones que deberán llevar a cabo los Regulados durante las acciones de respuesta, y c) Establecer procedimientos de reportes y protocolos de comunicación entre la embarcación y la Instalación de Trasvase.", considerando como justificación el incluir el cumplimiento de la siguiente normativa: Convenios OMI y SOLAS, así como la NOM-036-SCT4-2007, Administración de la Seguridad Operacional y Prevención de la Contaminación por las Embarcaciones y Artefactos Navales.