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Comentario al Expediente



Con relación al Lineamiento TRIGESIMO SEGUNDO sobre causales de recisión es oportuno y necesario que se mencionen las causales señaladas en el articulo 88 , fracción II incisos a), b) y c) de la Ley de la Industria Eléctrica. Con relación al Lineamiento TRIGESIMO SEXTO se sugiere que los elementos señalados en éste como: Daños al Inmueble y a Bienes Distintos de la Tierra , Acceso al Inmueble y Actividades en el Inmueble se quiten de dichos elementos y sean considerados como obligatorios