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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



[Nota: Para facilidad de referencia, presentamos nuestros comentarios en varios envíos divididos por tema a tratar.] Presentamos los comentarios más relevantes de la Asociación FinTech de México al borrador actual de las disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera que se publicó en el portal de la CONAMER por la CNBV el 7 de agosto de 2018 (las “Disposiciones”). Comprendemos la importancia de emitir reglas que velen por la estabilidad del sistema y la protección de todos los involucrados y solicitamos a las autoridades mantener en consideración que la propia Ley Para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (la “Ley”) establece que la fijación de límites debe realizarse tomando en cuenta la regulación de otras figuras del sistema financiero y siempre procurando el fomento de las Instituciones de Tecnología Financiera (las “ITF”) (LPRITF, artículo 44). Hacemos hincapié en la necesidad de promover la competencia económica en los mercados financieros permitiendo a las Instituciones de Financiamiento Colectivo competir como opciones viables en el otorgamiento de créditos contra otras instituciones del sistema. Como se mostrará más adelante, las Disposiciones imponen costos excesivos a las IFC al limitar el monto de las operaciones y obligarlas a realizar diversas repeticiones conforme crecen los montos de los créditos. En comparación los costos de otorgamiento de créditos para otras entidades son constantes para cualquier monto otorgado. Lo anterior eleva los costos de transacción para que los solicitantes obtengan financiamiento en detrimento de la eficiencia del sistema, lo que terminaría afectando a los usuarios al reducir sus alternativas de crédito o incrementar sus costos de fondeo. Derivado de la Ley y las Disposiciones, las empresas FinTech se convierten en Entidades Financieras reguladas extensamente y sus costos de cumplimiento incrementan, por lo que es necesario permitirles participar en mercados más lucrativos (p.ej. créditos de mayor cuantía) para que puedan seguir siendo modelos viables de negocios. Con base en las consideraciones anteriores, emitimos los presentes comentarios con el ánimo de abonar a un diálogo constructivo. Nuestras peticiones se fundamentan en la importancia de que las Disposiciones sean compatibles con: (i) el fomento a las ITF, (ii) las características de los productos ofrecidos por las ITF, (iii) el fomento a la libre concurrencia, (iv) la promoción de la competencia económica, (v) los principios de inclusión e innovación financiera, (vi) la protección al consumidor, (vii) la preservación de la estabilidad financiera y (viii) la neutralidad tecnológica.