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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



En los lineamientos no se define técnicamente qué es: el Etanol anhidro (bioetanol), biodiésel, bioturbosina y biogás. Tampoco hace referencia a ningún ordenamiento técnico que aclare la especificación técnica de esos biocombustibles. Por ejemplo existen diferentes tipos de biodiésel, los cuales pueden ser de origen natural o por el reproceso industrial de aceites quemados. El biodiesel resultante puede o no ser usado en un motor al 100% o en algún porcentaje de mezcla con diésel de origen petrolero. Es importante reconocer la diferencia, ya que un uso indebido del biodiesel en el motor puede tener consecuencias dañinas sobre la máquina. Por otro lado, en el caso del etanol, la promoción de éste biocombustible a partir de caña de azucar o maíz puede tener consecuencias más contaminantes por emisiones de CO2 versus combustibles fósiles que otros procesos productivos. Es decir, la huella de carbono en la producción del etanol a partir de maíz o caña de azúcar puede ser mayor que la huella de carbono de la gasolina. Por este motivo es necesario hacer una diferenciación técnica que haga referencia, por ejemplo, a la caracterización técnica en las ASTM de estos productos. Por último no es claro la interrelación de estos biocombustibles para mezcla o uso final con las normas de calidad de combustibles de la CRE. No hacer una referencia directa ocasionará una distorsión con efectos negativos para el consumidor final, el cual no tiene los conocimientos técnicos para hacer uno uso correcto de los biocombustibles.