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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



OBSERVACIONES GENERALES 1.       Se requiere fortalecer la estructura lógica del anteproyecto de reglamento en consonancia con los principales componentes de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Se estima que el anteproyecto de reglamento requiere adecuar el orden en que contempla sus títulos y apartados a fin de identificar y priorizar el desarrollo y reglamentación de los diferentes mecanismos que establece la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (en adelante LGDNNA). Se estima que la emisión del reglamento puede ser una gran oportunidad para resolver algunas inconsistencias que tiene la LGDNNA en cuanto a su orden y estructura, de tal modo que se regularían con mayor claridad los diferentes mecanismos y medidas que establece la LGDNNA con la finalidad de facilitar su implementación. Se observa que a pesar de los esfuerzos realizados  en los últimos días, el anteproyecto de reglamento  reproduce las inconsistencias de la Ley, manteniendo una estructura que mezcla aspectos estratégicos que corresponderían al Sistema Nacional de Protección Integral, con aspectos específicos relativos a las medidas de protección especial o a los procedimientos de adopciones, entre otros. En este sentido se sugiere hacer una revisión integral de la propuesta de estructura del reglamento y de los componentes adicionales que es necesario reglamentar con mayor profundidad, a fin de que este reglamento sea consistente con la aplicación efectiva de la LGDNNA entre los diferentes actores obligados. 2.       Se requiere desarrollar a profundidad las facultades del Sistema Nacional de Protección Integral y de la Secretaría Ejecutiva La propuesta de reglamento debe mejorarse en cuanto a los objetivos y facultades del Sistema de Protección Integral de Derechos y de su Secretaría Ejecutiva, especialmente respecto de las atribuciones relacionadas con la coordinación y articulación de la política nacional de protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. Al respecto preocupa que los artículos 3 y 4 del Reglamento, los cuáles deberían hacer referencia a la concurrencia de competencias entre las instituciones de todos los niveles de gobierno establecida por la LGDNNA,  centren el actuar del Sistema en la labor sectorial del Sistema Nacional DIF. Se estima necesario que se haga una revisión integral del reglamento, con la finalidad de reorientar su objetivo hacia el desarrollo de todas aquellas disposiciones que se requieren para el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de Derechos, con una Secretaria Ejecutiva fortalecida y con todos aquellos mecanismos que la LGDNNA prevé como parte de este Sistema (sistema de información, participación de sociedad civil y de niñas, niños y adolescentes, sistema de evaluación, entre otros temas pendientes de desarrollar).   3.       El anteproyecto de reglamento regula de manera desproporcionada los mecanismos y figuras que contempla. Se estima que existe una desproporción en la regulación amplia de ciertos temas, mientras que otros son mencionados de manera críptica. Por ejemplo, se regula detalladamente la adopción o el acogimiento familiar, mientras que se realiza un abordaje mínimo respecto de la Secretaria Ejecutiva o del Programa Nacional de Protección. No parece que la desproporción en la regulación de algunas figuras frente a otras responda a considerarlas de mayor trascendencia en la política nacional de protección de los derechos de la infancia, sino a un proceso de elaboración del anteproyecto no homogéneo que ha derivado en una inclusión inequitativa respecto de lo que debe regularse.  Al respecto, el anteproyecto de reglamento es omiso en establecer mecanismos de coordinación y concurrencia efectivos cuando uno de los principales propósitos de la LGDNNA es lograr una política nacional de protección de los derechos de la infancia y la adolescencia integral y efectivamente coordinada.  Esta ausencia de regulación también se percibe en lo relativo a los mecanismos de evaluación. En este sentido se estima necesario hacer una revisión integral de aquellos aspectos que requieren una mayor y detallada regulación en el anteproyecto de reglamento, considerando los principales objetivos que tiene la LGDNNA. Propuesta de Estructura a partir del borrador actual de reglamento: Tomando en cuenta lo anterior y respetando el contenido actual del anteproyecto de reglamento, se pone a consideración la siguiente propuesta de estructura,  resaltando con color rojo aquellos aspectos que se estima no  están actualmente desarrollados o que tendrían que ser desarrollados con mayor profundidad, a efecto de lograr una reglamentación más competa y consistente:   REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES   TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES   TÍTULO SEGUNDO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL   CAPITULO I DE LAS FACULTADES DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL   CAPÍTULO II INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL   CAPÍTULO III DE LAS FACULTADES DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA   CAPÍTULO IV DE LAS ATRIBUCIONES DEL TITULAR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA   CAPÍTULO V DE LA PARTICACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y  DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES   CAPÍTULO VI DEL PROGRAMA NACIONAL   CAPITULO VII DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN SOBRE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES  Y SU CONFORMACIÓN   CAPÍTULO VIII DE LA EVALUACIÓN   CAPÍTULO IX DEL CONSEJO CONSULTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL   TÍTULO TERCERO   DE LA PROTECCIÓN Y RESTITUCIÓN DE DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES   CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES   CAPÍTULO II DE LA PROCURADURIA FEDERAL DE PROTECCIÓN   CAPÍTULO III DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN ESPECIAL   CAPÍTULO IV DE LAS MEDIDAS URGENTES DE PROTECCIÓN ESPECIAL   CAPÍTULO III DEL ACOGIMIENTO RESIDENCIAL   CAPÍTULO IV DEL LAS FAMILIAS DE ACOGIDAMIENTO FAMILIAR   CAPITULO V DE LA ADOPCIÓN DE LAS DISPOSICIONES APLICABLES AL PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN SECCION I DE LA EMISIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE IDONEIDAD SECCIÓN ADICIONAL DE LA ASIGNACIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES    SECCION II DEL ACOGIMIENTO PRE-ADOPTIVO   SECCION III DE LA AUTORIZACIÓN Y REGISTRO DE PROFESIONALES EN MATERIA DE PSICOLOGÍA, TRABAJO SOCIAL Y CARRERAS AFINES QUE INTERVIENEN EN LA ADOPCIÓN   SECCION IV DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL   SECCION IV DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CON RESIDENCIA EN MÉXICO   SECCION V DE LA ADOPCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO   SECCION VI DE LAS AUTORIDADES CENTRALES EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL   SECCION VI DEL REGISTRO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES SUSCEPTIBLES DE ADOPCIÓN   CAPÍTULO VI DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES   SECCCION I DE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES   SECCION II DEL REGISTRO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES EXTRANJEROS NO ACOMPAÑADOS   CAPÍTULO VI   DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL SECCIÓN I DEL REGISTRO NACIONAL DE CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL SECCIÓN II DE LA SUPERVISIÓN DE LOS CENTROS DE ASISTENCIA SOCIAL   TÍTULO ADICIONAL DE LA EVALUACIÓN Y DIAGNÓSTICO TÍTULO CUARTO DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS