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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



ANEXO 2. REQUERIIMIENTOS MÍNIMOS PARA DESARROLLAR EL PLAN DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO. Fracción II, inciso f) Determine el tiempo objetivo de recuperación (conocido como RTO, por sus siglas en inglés), para cada uno de los servicios y procesos. En el caso de los procesos considerados como críticos, el plazo de recuperación no deberá exceder de dos horas. Este requisito es exesivo cuando se compara con otras instituciones financieras reguladas ANEXO 2. REQUERIIMIENTOS MÍNIMOS PARA DESARROLLAR EL PLAN DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO. Fracción II, inciso g Establezca el punto objetivo de recuperación (conocido como RPO, por sus siglas en inglés), entendido como la máxima pérdida de datos tolerable para cada uno de los servicios y procesos, considerando que la información de aquellas operaciones ya efectuadas no pueda perderse en ningún escenario y que se conozca, de forma oportuna, el estado que tenía cada operación celebrada al momento en que se presentó la Contingencia Operativa Este requisito es exesivo cuando se compara con otras instituciones financieras reguladas ANEXO 2. REQUERIIMIENTOS MÍNIMOS PARA DESARROLLAR EL PLAN DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO. Fracción IV, inciso b), subinciso iii) Hacer del conocimiento del Banco de México y la CNBV, las Contingencias Operativas, conforme a lo señalado en el artículo 43 de estas Disposiciones. Debería haber 1 solo punto de contacto para evitar malos entendidos y entorpecer procedimientos que deben ser sencillos ANEXO 7. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS PARA REALIZAR OPERACIONES A TRAVÉS DE COMISIONISTAS, Fracción II, segundo párrafo La referida descripción deberá, al menos lo siguiente: No queda claro este punto