Logocofemer

Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

Logosimir

Estás aquí­: Inicio /respuesta_texto_encuestas/8102

Comentario al Expediente



Este comentario elabora sobre la necesidad de revisar el CAPITULO VII. De la Suspensión y Cancelación de la Beca, apartado IV. Cuando alguna Becaria que se encuentre embarazada, en parto o puerperio, así como a los Becarios que sean padres, presentando la documentación que lo acredite. en las descripciones de cuándo y cómo funcionara la suspensión de beca no se hace mención a criterios particulares para solicitar una suspensión en el caso del apartado IV. No se especifica duración, criterios, ni se establece garantía para que la beca pueda ser retomada por la becaria. Especificar esas condiciones son de particular importancia para que las beneficiarias puedan decidir o no suspender su beca. Asimismo quiero mencionar que en miras a establecer criterios con perspectiva de género debiera establecerse que las beneficiarias puedan optar por extensión en el periodo de beca en caso de embarazo, en parto o puerperio. No debiera forzarse a que las mujeres pongan en pausa sus estudios si así no lo desean. En ese sentido debieran explicitarse la temporalidad del periodo de extensión, así como los criterios para realizar la solicitud. También aclararse los criterios de reactivación o de extensión de beca. Por último se debiera especificar que la en cualquier caso la becaria mantendrá su beca, es decir que la autorización de reactivación se deberá únicamente al cumplimiento de compromisos previamente establecidos y que no podrán cambiarse los criterios para asignación, es decir la becaria gozará de la misma beca al momento de reincorporarse.