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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



El artículo I6, Sección II, párrafo A, contraviene derechos de los extranjeros en México. El artículo establece que los “becario[s] extranjero[s] que realice[n] sus estudios en México […] deberá[n] […] abstenerse de participar en cualquier tipo de evento o manifestación de carácter político.” Así pues, si un extranjero viene becado a México y algo sucede en su país de origen, entonces, también sería sujeto de sanción si se expresara respecto a lo que sucede en su país de origen. Es decir, se podría castigar a franceses por hablar de eventos sucedidos en Francia; a chilenos por hablar de eventos sucedidos en Chile; o a colombianos por hablar de cosas de Colombia.