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Sistema de Manifestación de Impacto Regulatorio

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Comentario al Expediente



Sobre la prohibición de participar en eventos o manifestaciones de carácter político (art. 16, fracción II, inciso a): Esta prohibición es contraria a la libertad de expresión y pensamiento crítico que debe guiar la vida académica y científica. México necesita estudiantes e investigadores. comprometidos con causas sociales, lo cual implica participación en la vida política y asuntos de interés de las comunidades en las que se desenvuelven (sea en México o en el extranjero). Además, ¿qué sucede en el caso de los becarios que investigan temas políticos? Un becario que acude a documentar un evento o manifestación con fines académicos estaría violando esta prohibición y le impediría desarrollar su investigación, pero que conlleva el riesgo de suspensión de la beca. Además, la comprobación del cumplimiento para la reanudación de la misma se enfrenta a la imposibilidad jurídica de entregar elementos de prueba sobre un hecho negativo u obligación de no hacer. En otras palabras, ¿cómo se acredita la no participación en eventos o manifestaciones políticas? En suma, esta prohibición debería eliminarse. Sobre la suspensión de beca o apoyo en caso de embarazo, parto, puerperio y/o maternidad-paternidad (art. 20, fracción IV): La aplicación ipso facto de este supuesto es claramente discriminatoria, conforme a la CPEUM y tratados internacionales de los que México es parte. Al respecto, suscribo lo que han manifestado otros comentaristas. Sin embargo, si la intención del CONACYT es permitir que los becarios en estos supuestos puedan dedicarse a sus hijos durante los primeros meses de vida, deberían modificar la redacción para que no haya espacio a interpretaciones discrecionales o arbitrarias. Para ello, se sugiere: 1. Que se contemple como un derecho de los becarios y esté sujeto exclusivamente a solicitud de ellos, con un lenguaje similar al que existe en la fracción II. 2. Que el artículo detalle por cuánto tiempo se puede solicitar la suspensión y prevea la posibilidad de extender la misma, a solicitud de los becarios. 3. Que no se suspenda la entrega de recursos si la suspensión no interfiere con el avance de la investigación. La mayoría de las mujeres pueden trabajar y estudiar hasta la conclusión de su embarazo y reincorporarse a actividades intelectuales durante el propio puerperio. De no ser así, se estaría al caso establecido en la fracción III. 4. Que el artículo 20 detalle el procedimiento y requisitos para solicitar la reanudación de la beca, como se hace con el resto de las fracciones. 5. Que el CONACYT implemente apoyos complementarios para los becarios que tienen más hijos durante sus estudios de posgrado. Para los becarios en México y en atención al interés superior del menor, el CONACYT debería incluso encontrar la manera de que los hijos de becarios tengan derecho a usar las guarderías del ISSSTE o del IMSS. Ninguna persona, especialmente mujer, debe enfrentar la disyuntiva de elegir entre su desarrollo académico/profesional y su familia. El Estado tiene la obligación no sólo de no discriminar, sino de tomar acciones para garantizar el avance de las mujeres que son madres, de los padres y de sus hijos. Sobre la cancelación de becas por causa grave (artículo 21, fracción IX): La cancelación de una beca es un recurso de ultima ratio para resolver incumplimientos o imposibilidades de los becarios para continuar con sus estudios. Por ello y por el impacto que puede tener en la vida académica o profesional (leyendo este artículo con el 28 y la prohibición de participar en futuras convocatorias), es indispensable que los supuestos de cancelación sean claros y no dejen espacio para actuaciones arbitrarias. En este caso, el lenguaje “cualquier otra causa grave que así lo justifique”, no cumple con los principios de claridad e información previa de las normas a los sujetos regulados por ellas (en este caso, los becarios). ¿Quién determina qué causa es grave? ¿Se podría cumplir con la prohibición de retroactividad y el debido proceso con este lenguaje? En mi opinión, no. Se sugiere eliminar esta fracción.