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ACUERDO POR EL QUE SE HACE DEL CONOCIMIENTO EL CIERRE DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN (ANTES DELEGACIONES FEDERALES) DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE, EN LOS MUNICIPIOS DE TIJUANA Y ENSENADA, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y SE DA A CONOCER EL DOMICILIO PARA LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE SE INDICAN



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


El ACUERDO se publicará comunicando a las autoridades de cualquier ámbito y materia; servidores públicos; así como al público en general, para todos los efectos legales a que haya lugar que, a partir del 1 de octubre de 2021, se llevará a cabo el cierre de las oficinas de la representación (antes delegación federal) de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en la entidad federal de Baja California, ubicadas en los Municipios de Tijuana, sito en calle José Clemente Orozco, Número Exterior 2383, Zona Río, C.P. 22320 y Ensenada, sito en Avenida López Mateos, Número Exterior 1306, Locales 16 y 17, Conjunto PRONAF, C.P. 22800. Por lo que toda la correspondencia, notificaciones, acuerdos, citatorios, trámites, requerimientos, servicios, procedimientos administrativos y cualquier otra diligencia, así como los asuntos, recursos humanos, materiales, financieros y la concentración de todas las funciones administrativas que a la fecha de la entrada en vigor del presente instrumento tenían ambas oficinas, quedarán a cargo de la Oficina de Representación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en el Estado de Baja California, ubicada en el Municipio de Mexicali, sito en calle Licenciado Alfonso García González (también conocida como Calle Gobernador Alfonso García González), Número 198, Colonia Profesores Federales, Código Postal 21370.

El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Summary of the draft


The agreement will be published in order to notify to all the authorities, civil servants and general public, for all legal purposes that, from October 1st, 2021, the Federal Attorney for Environmental Protection (PROFEPA) representative office (also known as Delegación Federal) in Tijuan located at José Clemente Orozco street 2383, Zona Río, Z.C. 22320 and in Ensenada, López Mateos Avenue 1306, locals 16 and 17 PRONAF complex, Z.C. 22800, will be closed. Consequently all the communication regarding to notifications, summons, settlements, proceedings, records, administrative procedures, requirements, report request, services, as well as human resources, materials and finances matters or any other administrative function affair that will be settled at the mentioned addresses at the moment of the plubishment of this statement will be referred to the Federal Attorney for Environmental Protection Representation Office in Baja California State, located in Mexicali at Licenciado Alfonso García Gonzalez street, (also known as Governor Alfonso García González street) number 198, Suburb Profesores Federales, Zip Code 21370.

Dictámenes Emitidos



CONAMER/21/4100

Últimos comentarios recibidos:


Comentario emitido vía correo electrónico

B000212765

Fecha: 29/09/2021 09:01:00

Comentario emitido vía correo electrónico

B000212711

Fecha: 27/09/2021 09:00:00

Comentario emitido por: Ritter de Jesús De Basabe Ibarra


Como abogado con interés en la administración integral del ambiente y con fundamento en el Derecho Internacional Ambiental y sus principios rectores, manifiesto mi desacuerdo a la decisión tomada, por ser violatoria a la 𝐢𝐝𝐞𝐚 𝐝𝐞 𝐧𝐨 𝐫𝐞𝐠𝐫𝐞𝐬𝐢𝐨́𝐧 𝐚𝐦𝐛𝐢𝐞𝐧𝐭𝐚𝐥 𝐲 𝐞𝐪𝐮𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐢𝐧𝐭𝐞𝐫𝐠𝐞𝐧𝐞𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐥 basadas en los principios rectores del derecho ambiental y plasmados en instrumentos internacionales diversos, a fin de evitar que la existencia del derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado se restrinja al plano semántico de la realidad jurídica, el Derecho Ambiental ha integrado los principios rectores que deberían ser observados para garantizar la tutela efectiva del derecho. Resulta imposible interpretar el concepto del desarrollo sostenible desvinculándolo del principio de no regresión. Tal y como fue concebido en el Informe Brundtland el desarrollo sostenible consiste en aquel tipo de desarrollo que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin menoscabar la capacidad de las futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades, y derivado de este precepto nace el precepto de equidad intergeneracional recogido en el principio 7 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo. Al reducir la protección del medio ambiente (𝐞𝐧 𝐞𝐬𝐭𝐞 𝐜𝐚𝐬𝐨 𝐩𝐨𝐫 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐚𝐜𝐮𝐞𝐫𝐝𝐨) se impone a las generaciones futuras un medio ambiente más degradado a través de un acuerdo con contenido regresivo, conducta que está en flagrante discordancia con el principio de equidad intergeneracional. A nuestra generación le está vedado comprometer a las generaciones futuras con disposiciones de cualquier índole que provoquen retroceder la protección del medio ambiente. De esta forma, la regresión que se decide constituye una vulneración de los derechos de las generaciones futuras, ya que esto conlleva a imponerles un nivel de protección del medio ambiente inferior al actualmente logrado. Finalmente, quiero recordarles que 𝐚 𝐥𝐨𝐬 𝐯𝐨𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞𝐬 𝐬𝐞 𝐥𝐞𝐬 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐞𝐧𝐠𝐚𝐧̃𝐚𝐫, 𝐩𝐞𝐫𝐨 𝐚𝐥 𝐦𝐞𝐝𝐢𝐨 𝐚𝐦𝐛𝐢𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐍𝐎, debemos ser coherentes con el decir y el hacer, que no sean solo palabras que después en acciones se vean contrariadas. Debemos ir más haya como se señala en los 𝙥𝙧𝙞𝙣𝙘𝙞𝙥𝙞𝙤𝙨 𝙙𝙚 𝙥𝙧𝙚𝙫𝙚𝙣𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙮 𝙥𝙧𝙚𝙘𝙖𝙪𝙘𝙞𝙤́𝙣, contenidos en la Declaración de Río, los cuales complementan y buscan adelantarse al daño ambiental y así evitar situaciones irreversibles, incluso en aquellos supuestos donde no existe aún plena certeza científica. 𝙇𝙖 𝙩𝙞𝙚𝙧𝙧𝙖 𝙣𝙤 𝙚𝙨 𝙪𝙣𝙖 𝙝𝙚𝙧𝙚𝙣𝙘𝙞𝙖 𝙙𝙚 𝙩𝙪𝙨 𝙥𝙖𝙙𝙧𝙚𝙨, 𝙚𝙨 𝙪𝙣 𝙥𝙧𝙚́𝙨𝙩𝙖𝙢𝙤 𝙖 𝙩𝙪𝙨 𝙝𝙞𝙟𝙤𝙨. (𝙋𝙧𝙤𝙫𝙚𝙧𝙗𝙞𝙤 𝙄𝙗𝙚𝙧𝙤𝙖𝙢𝙚𝙧𝙞𝙘𝙖𝙣𝙤)

Fecha: 23/09/2021 13:10:29

Comentario emitido por: Nombre de usuario no publico


La PROFEPA es una dependencia sumamente indispensable en el puerto de Ensenada, su gestión siempre ha sido transparente y profesional, conduciendose siempre con rectitud, gracias a su presencia se ha mantenido al margen el cuidado y protección de las diversas áreas naturales que cuenta la ciudad. Su desaparición solamente causaría un aumento a los delitos en materia ambiental y la probable corrupción de las dependencias que serán ausentes a las consecuencias. LA PROFEPA DEBE DE CONTINUAR EN LA CIUDAD.

Fecha: 22/09/2021 15:40:13

Comentario emitido vía correo electrónico

B000212678

Fecha: 22/09/2021 10:42:00

Comentario emitido por: CARLOS ALBERTO BUSTAMANTE CARDENAS


Me opongo al cierre de la delegaciones de PROFEPA en Tijuana y Ensenada, su cierre atenta contra la vigilancia del cumplimiento de las leyes ambientales en estos municipios tan complejos y particulares, los tiempos de respuestas a las denuncias ambientales ya son amplios, con menos oficinas estos tiempos serán aún más prolongados.

Fecha: 21/09/2021 19:29:00

Comentario emitido por: Juan Carlos Fernández Carmelo


El cierre de PROFEPA no es una acción de austeridad, no es una opción dejar desprotegidos la flora y la fauna. Es más caro reparar que prevenir, la violencia también se vive hacia el medio ambiemte a través de acciones que lastiman y matan nuestro entorno y que impactan directamente a nuestra salud y bienestar como es el caso en Ensenada de derrame directo del drenaje a nuestras playas, demolición de dunas, contaminación por basureros no tan clandestinos, etc. Nosotros como ciudadanos no podemos tomar acción directa ya que incurrimos al delito según las leyes, PROFEPA es la instancia que da acción a la denuncia, resuelve y protege nuestro ambiente, se debe contar con la presencia local de oficinas en Ensenada y Tijuana, es prioridad el orden y la conservación de la protección ambiental.

Fecha: 21/09/2021 16:46:53

Comentario emitido por: Joel Palafox Rodriguez


Solicitamos que reconsideren la decisión y NO dejen sin representación de esta importante dependencia en Baja California.  Solicitamos que permanezcan las instalaciones y además sea reforzada con mayor presupuesto y más personal que ayuden a la conservación de las Áreas Naturales en Baja California 

Fecha: 21/09/2021 16:31:29

Comentario emitido por: Nombre de usuario no publico


Por los comentarios que se ha vertido, o quizá porque la Dependencia no proporcionó la información correcta, pero a la vista es injustificable que la CONAMER a través de Alberto Montoya Martín del Campo haya aceptado la exencion MIR, por que deberá de rectificar y solicitarla a la dependencia, con esta medida no hay un evidente ahorro de la Dependencia, y si un claro costo adicional para los particulares.

Fecha: 21/09/2021 14:07:44

Comentario emitido vía correo electrónico

B000212665

Fecha: 21/09/2021 09:01:00



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Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SEMARNAT-Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales

Fecha Publicación:

08/09/2021 11:06:34

Comentarios:


34

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