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RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO



El contenido del resumen es responsabilidad de la dependencia.


Resumen del anteproyecto


El anteproyecto tiene como finalidad actualizar la norma a los estándares internaciones en materia de la metodología aplicable al cálculo del requerimiento de capital que derive por la exposición que surja con motivo de las contribuciones realizadas por una institución de crédito al fondo mutualizado de incumplimiento de una contraparte central, incentivando con ello el uso de contrapartes centrales para la liquidación de operaciones de derivados.

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Summary of the draft


The purpose of the preliminary draft is to update the norm to the international standards regarding the methodology applicable to the calculation of the capital requirement derived from the exposure that arises due to the contributions made by a credit institution to the default mutual fund of a counterparty. central, thus encouraging the use of central counterparties for the settlement of derivative operations.

Dictámenes Emitidos



CONAMER/22/1684


CONAMER/22/1954

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En la regulación vigente, la determinación del Kcc considera descontar tanto el IM como el FC al valor de conversión a riesgo crediticio (es decir, EBRM - IM - FC). En la nueva propuesta, ahora se establece que, en la determinación del valor de conversión a riesgo crediticio deberán considerarse los efectos que tengan los colaterales entregados (...), y que se hayan aportado a la cámara de compensación para respaldar dichas operaciones. No es claro si los colaterales a los que se refiere, incorporan tanto las garantías iniciales (IM) como el fondo de incumplimiento (FC). En caso de que no se considere el FC en la determinación del valor de conversión a riesgo crediticio, entonces la variable K_SL, tendrá un valor mucho más alto del que se tiene con la regulación vigente.

Fecha: 15/03/2022 18:13:37



Información del Anteproyecto:


Dependencia:

SHCP-Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Fecha Publicación:

08/03/2022 10:06:22

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05/0008/080322