La presente Regulación tienen por objeto establecer los Mecanismos Financieros con los que deben contar los Regulados que realicen actividades de Reconocimiento y Exploración Superficial, Exploración y Extracción y/o Transporte por medio de ductos del Sector Hidrocarburos, para garantizar que al finalizar el abandono de los terrenos, bienes y/o derechos que hayan ocupado, usado, gozado o afectado, se cumplan los compromisos pactados en los contratos o las establecidas en una servidumbre legal de hidrocarburos de conformidad a lo señalado en la Ley de Hidrocarburos.